Durante las verificaciones realizadas entre enero y julio de este año, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) detectó en diferentes locales comerciales del país, el uso indebido de 185 cilindros de gas de 25 libras, los cuales son subsidiados por el Estado para uso doméstico.
La mayor cantidad de estos tanques fue ubicada en el área metropolitana (76), por verificadores de la sede central, en restaurantes, panaderías y lavamáticos.
La sanción establecida por esta irregularidad es de $625.00 por cada tanque de gas encontrado en uso en un establecimiento comercial. En lo que va del año, se han impuesto 6 multas en primera instancia, por un total de $8,250.00.
Desde el año 2009 hasta julio de 2025, según cifras del Departamento de Investigación de la Acodeco, se han aplicado $1,563,440.00 en multas por 2,684 casos relacionados con la prohibición del uso indebido de cilindros de gas subsidiado.
El Decreto de Gabinete N.º 16 de 11 de marzo de 2014, en su artículo 9, establece que “las ventas de gas licuado de petróleo en cilindros de 25 libras a fondas, puestos ambulantes o temporales de venta de comidas, comedores escolares y comedores populares califican como de uso doméstico residencial. Además, se faculta a la Acodeco para que, mediante resolución motivada, pueda incluir dentro de esta calificación a otros establecimientos”.