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Acodeco publicará la encuesta anual de costos de matrícula y anualidad en colegios particulares

Con el objetivo de brindar información transparente y útil a los padres de familia y estudiantes de los centros educativos privados, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) publicará el próximo mes, en su página web, los resultados del monitoreo anual de costos de matrícula y anualidad en colegios particulares.

Esta iniciativa, que se desarrolla desde hace más de 10 años, inició en la provincia de Panamá y actualmente se extiende a todo el país. El levantamiento y análisis de la información está a cargo del Departamento de Información de Precios y Verificación (Diprev), que realiza monitoreos en diversos mercados para ofrecer a los consumidores datos actualizados que les permitan tomar decisiones informadas. En este caso, sobre la oferta educativa privada.

La Ley 45 de 31 de octubre de 2007, en su artículo 56, establece que todos los bienes y servicios ofrecidos deben exhibir sus precios de manera clara, precisa y visible. Este derecho aplica también a los servicios educativos, ya que los consumidores tienen derecho a conocer los costos antes de adquirirlos, con el fin de evaluar las mejores opciones disponibles.

Al respecto, la jefa del Diprev, Diosa Barahona, recordó:

“Los acudientes que consideren que un centro educativo no cumplió con la normativa, en cuanto a anunciar con al menos seis meses de anticipación los aumentos de precios para el siguiente año lectivo, pueden presentar la denuncia en Acodeco para que la Dirección Nacional de Protección al Consumidor inicie la debida investigación administrativa”.

Añadió, además que:

“Si los padres de familia requieren orientación, pueden acercarse al Departamento de Información de Precios y Verificación, donde con mucho gusto les brindaremos apoyo y resolveremos sus consultas respecto a los costos de matrícula y anualidad”.

Es importante destacar que Acodeco no tiene competencia para aprobar o rechazar incrementos de precios en los colegios particulares. Según lo establecido en el Decreto Ejecutivo 601 de 2015, que reglamenta el artículo 130 del texto único de la Ley 47 de 1946, esta decisión corresponde a una comisión tripartita, integrada por el centro educativo, los representantes de los padres de familia y un representante del Ministerio de Educación (Meduca).

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