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Actos que impidan la libre competencia son investigados por la Acodeco

Toda empresa que cometa un tipo de práctica o conducta que busque restringir el mercado, ponerse de acuerdo para fijar el precio, para limitar la oferta de los productos y los servicios ofrecidos a los consumidores, o aquellas prácticas que buscan desplazar a un competidor, generando que no haya competencia, son investigados por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).

Según lo manifestó la subdirectora nacional de Libre Competencia de la Acodeco, Joancy Chávez, “toda persona natural o jurídica que incurra en este tipo de actos y comportamiento, que buscan es restringir la competencia en el mercado van a ser investigados, demandados y posiblemente sancionados por la institución”.

La Lic. Chávez destacó que las investigaciones, por parte de la Dirección Nacional de Libre Competencia en casos de prácticas monopolísticas, se inician cuando a través de los distintos monitoreos y verificaciones se detectan comportamientos irregulares de distintos agentes económicos, así como la atención de denuncias por parte de otras empresas que se han visto afectadas por un tipo de conducta anticompetitiva y que son presentadas formalmente.  Asimismo, hay casos que se han abierto por denuncias anónimas de algunos consumidores e incluso de los propios agentes económicos, donde informan de alguna distorsión que se está dando en el mercado nacional y que afecta la venta de productos o servicios.

Cabe destacar que la Acodeco, producto de estas denuncias e investigaciones propias, inició investigaciones por prácticas monopolísticas en distintos sectores, tales como en los puertos, energía eléctrica y comercialización del arroz, entre otros.

Si existen elementos o hallazgos suficientes de una práctica anticompetitiva, la entidad según lo establecido en la Ley 45 de 2007, interpone una demanda ante los tribunales de justicia.  Una vez se termine este proceso judicial y de ser el fallo favorable, las sanciones por prácticas monopolísticas absolutas son de hasta un millón de balboas por las faltas más graves (prácticas monopolísticas absolutas), y las prácticas relativas son multadas hasta 250 mil a cada agente económico infractor.   

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