Las autoridades de salud reiteraron este domingo que toda persona que solicite o se le haya expedido por la autoridad sanitaria el certificado de buena salud (carné blanco) y el de adiestramiento sanitario (carné verde) deberá contar con el esquema completo de vacunación contra la COVID-19 (3 dosis).
Por otro lado, el Minsa recalca que un manipulador de alimentos es toda persona que trabaja en una instalación en dónde se manipulan alimentos (procesamiento , distribución, venta) incluyendo los administrativos. Se agrega a los administrativos porque ellos toman las decisiones sobre la compra de insumos y la asignación de puestos de trabajo.
Al mismo tiempo se señala que el citado Decreto Ejecutivo abarca las actividades que realizan operarios de establecimientos de interés sanitario tales como; sala de belleza, barbería, asilos, tiendas de mascotas, clínicas y hospitales veterinarios, curtiembres, guarderías, lavanderías, lava máticos, laboratorios de investigación, gimnasio, fumigadoras, hoteles, moteles, pensiones, casa de ocasión, casas de masaje, mataderos, granjas, salas de tatuajes, servicios de limpieza, servicios funerarios, plantas recicladoras.
El Decreto Ejecutivo N.8 del 10 de febrero de 2022, indica que toda persona que no cuente con el esquema de vacunación completo deberá realizarse cada 7 días una prueba COVID-19 (antígeno o PCR) con resultado negativo, para garantizar la seguridad sanitaria de los consumidores.
Es fundamental que la persona porte la prueba negativa COVID-19 con la fecha de expedición vigente y deberá presentarla ante la autoridad competente en caso que se requiera.
Esta nueva disposición que lleva la firma del presidente Laurentino Cortizo C. y del ministro de Salud Luis F. Sucre, establece que le corresponderá al Ministerio de Salud (Minsa) a través de la Dirección General de Salud, centros, policentros y sus regiones sanitarias aplicar las sanciones a quienes falten a la norma.