InicioEconomíaDeducción de gastos escolares también beneficiará a universitarios

Deducción de gastos escolares también beneficiará a universitarios

Todos los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta en Panamá (ISR) que tengan dependientes en edad escolar, tienen derecho a la deducción de gastos escolares de sus dependientes que cursen primer nivel de enseñanza o educación básica general, el segundo nivel de enseñanza o educación media y el tercer nivel de enseñanza o educación superior, hasta los 25 años, destacó Graciela Arjona, jefe de la sección de Devolución de Gastos Escolares de la DGI.

Los gastos a los que tiene derecho a deducir en su Declaración Jurada de Renta son: Matrícula, mensualidad, útiles, uniformes y transporte escolar hasta un máximo por dependiente de B/.3,600.00. Para los efectos de los estudios universitarios, la DGI reconocerá las horas créditos y la matrícula. Todos los desembolsos deben ir acompañados con sus respectivas facturas o documentos similares.

Arjona enfatizó que el primer requisito que deben cumplir los contribuyentes asalariados, con retención del ISR por parte de sus patronos, para ser sujetos al beneficio de este crédito fiscal, es inscribirse como declarante ante la DGI.  

Como segundo paso, deberá presentar Declaración Jurada de Renta, incluyendo los ingresos con retención de IRS y también incluir la deducción de los gastos escolares incurridos en el año 2019.

Una vez presentada la Declaración Jurada de Renta, si se produce crédito a favor del contribuyente, este deberá acercarse a las oficinas de la DGI y presentar un escrito dirigido al Director General de Ingresos, Publio de Gracia, la certificación de salarios del patrono con la retención del ISR, certificado de nacimiento de los dependientes y anexar la sustentación de gastos escolares en documentación original, que cubran los requisitos de la ley en temas de facturación.

En cuanto a la de la devolución del crédito fiscal, este dependerá de los ingresos que tenga el contribuyente. Aquellos que superen la cifra de los B/.11,000 hasta los B/.50,000, se beneficiarán con el 15% de devolución y los contribuyentes cuyos ingresos sean superiores a los B/.50,000, se les acreditará el 25%

RELATED ARTICLES

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisment -

Most Popular

Recent Comments

Gumersindo nieto en El Avispón
Abdiel Icaza Urrutia en El Avispón
Claudio Herrera en El Avispón
Reinaldo en El Avispón
Heidy en El Avispón
Heidy en El Avispón
Alfonso Badillo en El Avispón
Injusto en El Avispón
Eduardo Lopez en Fallece Domplin
Licdo. José del C, Gutiérrez en Panameños inscritos en Partidos Políticos
Alberto moody en El Avispón
Carlos Enrique González en Folclore como unidad Latinoamericana
Cheo en El Avispón