Por: David Cuevas
La reciente polémica surgida en un medio digital de Panamá respecto a la denominación de una abogada como “Narco Abogada” nos plantea de forma clara, la complejidad y los prejuicios que envuelven el difícil y extenuante ejercicio de la abogacía en Panamá, especialmente, para aquellos que como yo, nos dedicamos a la práctica en el ámbito del litigio penal.
La esencia misma de la profesión jurídica radica en la defensa de los derechos individuales, la aplicación imparcial de la ley y el lograr el acceso a la justicia para cualquier individuo, independientemente de la naturaleza del delito que se le señale ha cometido.
Etiquetar a un abogado penalista, por la naturaleza de los casos que de ende es un acto simplista y deshonesto que atenta contra los principios básicos de justicia y el imperio de la ley.
La labor de un abogado, especialmente en el campo penal, no consiste en juzgar a sus clientes, sino en garantizar que tengan acceso a una defensa justa y e caz, además, proporcionarles asesoramiento legal adecuado en el marco del proceso penal al que está siendo sometido.
Por ejemplo, sería por demás absurdo decir, que aquel médico que atiende en un centro penal, es un criminal por atender a personas investigadas y/o condenadas por cometer delitos, o, será aquel arquitecto que le construye una obra a un cliente, y que luego, este último sea acusado de ser pederasta, responsable de ese gravísimo hecho que supuestamente se cometió?
La falacia de estos argumentos sin sentido subyace también, en la idea de imputar responsabilidad moral o criminal al abogado por el simple hecho de representar a una persona acusada de cometer, el delito que sea.
En el sistema judicial, existe un principio básico de presunción de inocencia y el derecho fundamental a la defensa en todas las fases del proceso legal.
El ejercicio de la abogacía, particularmente en el ámbito penal, se rige por un conjunto de principios éticos y normativos que marcan la línea entre la defensa legítima de los derechos individuales y la complicidad o participación activa en acciones ilegales.
En este sentido, el abogado desempeña un papel fundamental en la protección de los derechos de sus clientes y en la garantía de un debido proceso legal, contribuyendo así a la salvaguarda de los principios democráticos y el Estado de derecho.
La libre elección del abogado por parte del cliente, junto con el derecho del abogado a ejercer libremente su profesión, de forma independiente y sin restricciones injusticadas, son pilares fundamentales de un sistema jurídico justo y equitativo.
La labor del abogado, lejos de ser una mera representación técnica, implica un compromiso con la sociedad, en defensa o en pro de los derechos humanos, la justicia y la verdad en un contexto donde la presunción de inocencia y el respeto a las garantías procesales son esenciales para un ejercicio legítimo del poder estatal.
El ser un abogado, litigante o no, no debe estar condicionado por etiquetas o prejuicios infundados. El ejercicio de la abogacía, en especial en el ámbito penal, exige un compromiso firme con la defensa de los derechos individuales, la aplicación imparcial de la ley y el respeto a los principios éticos y normativos que sustentan el sistema judicial.
Como abogado litigante, no puedo estar de acuerdo con que se etiquete a un colega abogado, en función de los casos que deende, eso no solo es deshonesto, sino que atenta contra el libre ejercicio de una profesión, los valores fundamentales de un Estado de derecho democrático y garantista.
El autor es Dr en Derecho