Justicia de la Alcaldía de Panamá reitera a todos los ciudadanos en el distrito de Panamá que prohibiciones como quemar basura y herbazales, así como cometer faltas contra el ornato municipal, siguen vigentes.
Advierte, que el Decreto alcaldicio No. 001-2018 del 11 de enero de 2018 establece multas de B/.50 a B/.5,000 y hasta 10 días de sanciones con trabajo comunitario y multas de B/.100 hasta B/.10 mil y con 20 a 200 días de trabajo comunitario para los reincidentes.
La norma habilita a la Policía Nacional, a funcionarios de cumplimiento y a Inspectores Municipales, a velar por el respeto de estas medidas dirigidas a evitar contaminación ambiental, posibles incendios y a preservar la salubridad en las áreas públicas.
En su artículo sexto, este Decreto prohíbe arrojar desperdicios en la calle, aceras, parques, plazas, quebradas, ríos, alcantarillas, canales de desagüe y playas, así como ocupar con contenedores o bolsas con basura espacios en aceras, calles, plazas o parques y áreas revitalizadas.
Prohíbe, además, destruir o alterar aceras, cordones viales y áreas verdes sin los correspondientes permisos municipales, así como abandonar automóviles, chatarras, enseres y colchones en aceras o lotes baldíos. Igualmente, pintar y manchar muros y paredes en edificios públicos, puentes, pasos peatonales, viaductos, cabinas, centrales eléctricas y mobiliario urbano en general, exceptuando los que tienen fines comerciales.
La autoridad recuerda que el sistema de Videovigilancia, activo 24 horas, puede captar y utilizar imágenes para proceder con la identificación del infractor o infractora, proceder a citar e iniciar un proceso administrativo, según lo establece el Decreto Alcaldicio 2025 del 28 de octubre del 2014.
Con respecto a la disposición de la basura, aclara, que si el hecho constituye una falta cuyo conocimiento corresponde a la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario, el informe y pruebas respectivas serán remitidas a esta entidad para que proceda con las sanciones respectivas.