“Justicia tardía no es justicia”, reza un conocido aforismo atribuido al filósofo y político romano Séneca. El significado de esta expresión pareciera mantenerse vigente y ser una constante en la administración de justicia panameña, plagada de casos que acumulan lustros y hasta décadas, atrapados por los vaivenes de los recursos dilatorios, las artimañas de los tramposos y decisiones judiciales: algunas aparentemente ingenuas y legalistas, y otras con fallos irregulares que generan sospechas y desconfianza.
El caso que nos ocupa lleva veintitrés años gravitando en diferentes tribunales, y pese a las múltiples sentencias, la parte demandada se refugia en recursos dilatorios y tramoyas legalistas para seguir impidiendo la aplicación de la justicia.
La más reciente acción fue un nuevo recurso de nulidad contra la última sentencia proferida por el Juzgado Primero de lo Civil del Primer Circuito Judicial, que el pasado 14 de agosto condenó a la sociedad Las Brisas de Amador al pago de tres millones doscientos cuarenta mil ochenta y seis dólares con once centavos y declaró la liquidación forzosa de Las Brisas de Amador lo que confirma el estado de quiebra de la mencionada empresa.
El fallo también decreta embargos sobre los bienes de la mencionada sociedad y ordena acumular los juicios pendientes contra el deudor, en este caso la sociedad Las Brisas de Amador.
La sentencia ordena, además, al Registro Público que se abstenga de inscribir títulos emanados del deudor; a la Caja de Seguro Social, la DGI y al Municipio de Panamá, que se presenten al proceso de liquidación en caso de tener créditos a su favor.
Pese a la claridad de la sentencia, los representantes legales de Brisas de Amador —la sociedad demandada— han presentado una advertencia de nulidad, recurso con el que pretenden seguir dándole largas a un proceso que lleva más de dos décadas en litigios. El recurso presenta información falsa y temeraria, provocando que la parte demandante —las sociedades Vikingo Joint Venture Inn y Vikingo Overseas S.A.— presentaran una réplica de oposición a la pretensión de Brisas de Amador. La acción incluye una solicitud para que se les condene y se aplique una sanción ejemplar a la sociedad demandada por insistir en sus prácticas dilatorias.
El recurso se presentó ante el Juzgado Cuarto del Circuito de Insolvencia del Primer Circuito Judicial, a cargo de la jueza Tatiana Ovalle, de reciente designación en el cargo, y quien tiene la oportunidad de mostrar que es una funcionaria judicial que se apega a la ley a través de decisiones jurídicas, independientes, neutrales y justas. Ella decide su destino: ser una jueza correcta que enaltezca el cargo en el que ha sido nombrada, o alinearse con el resto de jueces que han apadrinado la impunidad de Las Brisas de Amador.