Por reiteradas deficiencias en el desarrollo del proceso que pone en evidencia un manejo desapegado de la ley, que lo ha dejado en completa indefensión, el ciudadano panameño Eric Arturo Delvalle Narbona, solicitó a la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la revisión de la sentencia en su contra por los supuestos delitos Contra la Fe Pública (Falsedad Ideológica).
El proceso, que inició en 2013 y por el cual fue condenado en abril de 2016 por el Juzgado Sexto -sentencia confirmada por el Tribunal Superior y posterior por la CSJ-, se basa en una supuesta acta de Junta de Accionistas de Azucarera Nacional, S.A. que en su parte resolutiva contiene una certificación suscrita por Delvalle Narbona, actuando como secretario ad hoc de la reunión, en la cual se señala erróneamente que la misma es copia oficial y exacta del Acta de Reunión de Junta de Accionistas de la sociedad Energía del Istmo, S.A. (es decir, no de Azucarera Nacional, S.A.).
No obstante, dicho documento contenía ese error y por lo tanto nació inválido y además, esta acta fue solicitada por el agente administrativo del préstamo y elaborada por sus abogados.
Tras advertir y comunicar el error, se aplicaron todas las acciones correctivas, que incluyeron el reemplazo total de la fianza otorgada por Azucarera Nacional, S.A., quedando esta empresa liberada de toda responsabilidad frente al fiduciario y acreedores del préstamo. Con este hecho, cualquier posibilidad de perjuicio queda extinguida.
“Como queda claro, se realizaron las acciones correctivas a través de diligencias y la aportación de pruebas en cada instancia, y ahora dentro de la solicitud de Revisión con nuevas pruebas, demuestran que la sentencia con la que he sido condenado por Falsedad Ideológica no se sustenta legalmente, razón por la cual los hechos no acreditan las sanciones contempladas en el Artículo 366 del Código Penal”, argumenta Delvalle Narbona.
El acta no debió ser notariada
El afectado también hace hincapié en que es inexplicable cómo un acta errada fue notariada y luego calificada e ingresada al Registro Público, sin que estas instancias lo hayan advertido, ni se les pidiera explicación alguna durante el proceso.
Además de ello, en el proceso judicial le han dado valor probatorio al documento descrito como acta de Azucarera Nacional, S.A., cuando el mismo nunca ha tenido una firma sobre dicha sociedad para hacerlo válido.
“En todo momento he actuado de buena fe, sin intención alguna, colaborando activamente con las autoridades. Por ello, en la Revisión Penal solicito el análisis legal objetivo de cada uno de los elementos aportados en la seguridad de que ese escrutinio evitará la confirmación de una condena injusta”, puntualiza Delvalle Narbona.