En un esfuerzo decidido por combatir el contrabando y el comercio ilícito, y con el objetivo de reforzar las sanciones contra estas prácticas, la diputada de Vamos, Walkiria Chandler D’Orcy, presentó ante la Asamblea Nacional un anteproyecto de ley que modifica el Código Penal y dicta otras disposiciones.
Investigaciones recientes, como el Índice del Entorno Global del Comercio Ilícito de la revista especializada The Economist, han colocado a Panamá entre los cinco países que carecen de políticas públicas efectivas para combatir el comercio ilícito. Este estudio revela que las economías, a través de sus zonas francas, no cuentan con una legislación nacional adecuada para evitar y eliminar el contrabando y sus derivaciones, ubicando a Panamá en la posición 54 a nivel global.
Chandler D’Orcy explicó que el Código Penal panameño pierde eficacia al requerir que se supere la cuantía de quinientos mil dólares ($500,000.00) para que el hecho sea considerado delito. Este monto es significativamente mayor que el de países vecinos como Costa Rica ($10,000), Ecuador ($4,000), Colombia ($13,000) o Perú ($2,600), convirtiéndose en un obstáculo para la judicialización de casos de contrabando.
Esta incongruencia ha sido señalada por organizaciones como la Alianza Contra el Comercio Ilícito, la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá, AMCHAM, Crime Stoppers International, TRACIT, la Federación de Cámaras de Industria de Centro América (FECAICA), la Asociación de Industriales de Latinoamérica (AILA) y la Alianza Latinoamericana Contra el Contrabando (ALAC), quienes instan a Panamá a reducir la cuantía para que el contrabando sea considerado un delito perseguible por el Ministerio Público.
“Debemos establecer sanciones ejemplares, pues estos delitos atentan contra el ejercicio honesto del comercio, la recaudación de impuestos y la propia salud de la población”, manifestó la diputada Chandler D’Orcy.
El anteproyecto de ley propone aumentar la pena de prisión a un rango de cinco a ocho años para quien introduzca o extraiga del territorio aduanero mercancías de cualquier clase, origen o procedencia, eludiendo la intervención de la autoridad aduanera, aunque no cause perjuicio fiscal, o quien evada el pago de derechos, impuestos, tasas u otros gravámenes que correspondan.
Asimismo, se establece que esta sanción será aplicada siempre que la cuantía del contrabando sea igual o superior a $ 20 mil. Además, se sancionará con pena de prisión de cinco a 8 años a la persona que posea o Introduzca en Panamá productos de tabaco sin haber pagados los impuestos correspondientes o incumpla con las regulaciones sanitarias y normas de salud vigentes en el territorio nacional.
Sanciones para los servidores públicos y comercios
La propuesta dispone que el servidor público que, en el ejercicio de sus funciones, contribuya a que se consumen delitos aduaneros y de contrabando será sancionado con prisión de seis a nueve años e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual período.
Estas sanciones también se aplicarán a los servidores públicos que oculten denuncias sobre cualquier infracción aduanera u obstaculicen sus trámites, o ejerzan indebidamente funciones de verificación, valoración, clasificación, origen, inspección o cualquier otra función aduanera o de control a su cargo, siempre que en tales actos u omisiones medie negligencia manifiesta que hubiera posibilitado la comisión de contrabando, defraudación, delito aduanero especial o sus tentativas.
En el caso de los comercios que vendan productos provenientes de comercio ilícito también tendrán sanción con prisión de cinco a ocho años y la cancelación de su aviso de operación.