La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), emitió una Resolución del 23 de octubre de 2025, declarando sustracción de materia y el archivo de las demandas interpuestas en contra del Acuerdo N°002-2023 de 25 de noviembre de 2023, emitido por el Consejo Superior Universitario de la Universidad Especializada de las Américas (UDELAS) que dispuso la suspensión temporal de las elecciones y se adoptan otras medidas en el año de 2023.
Anterior a la divulgación de la Resolución en mención, la CSJ reiteró, mediante fallo del 14 de julio de 2025, que es legal el Acuerdo 001-2024 del Consejo Superior Universitario de la UDELAS, emitido el 27 de febrero de 2024, que reactivó el proceso electoral en el que resultó electa Nicolasa Terreros Barrios como rectora para el periodo 2024-2029.
Según lo establecido en la Resolución del 23 de octubre de 2025, la Sala Tercera de la CSJ de manera unánime ratificó lo expresado previamente que el Consejo Superior Universitario de la UDELAS es el máximo órgano de gobierno, que actuó de conformidad con la potestad necesaria para producir el acto administrativo que en estas demandas fue acusado de ilegal.
Cabe destacar, que las demandas fueron interpuestas por Miguel Ángel Pineda (24-1-2024) y Danysabel María Caballero Miranda (12 -08-2024), ambas acumuladas por tratarse de la misma norma impugnada.
De acuerdo con la decisión de la Sala, las mencionadas demandas no lograron desvirtuar la legalidad del Acuerdo, por lo que se mantiene la decisión emitida por el Consejo Superior Universitario de la UDELAS, es decir, que la reactivación del proceso electoral se emitió conforme a las normas que rigen esta casa de estudios superiores asentando la legitimidad en la elección de la rectora, Nicolasa Terreros Barrios.