La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) vigila la información que ofrecen los agentes económicos, a través de la publicidad, para que sea veraz, mediante la verificación de los diferentes anuncios en redes sociales, medios de comunicación y en los establecimientos comerciales.
Es importante distinguir la publicidad engañosa con la estafa, aunque ambas tienen niveles de engaño. La publicidad engañosa, se refiere a características o información relacionada con algún producto o servicio que inducen a error o confusión por la forma inexacta, limitada, falsa, exagerada, parcial o artificiosa en que se presenta. Mientras que, en la estafa hay un dolo e intención manifiesta de engañar y debe presentar su reclamación ante el Ministerio Público.
La jefa de Veracidad de la Publicidad, Hildegarde Herrera, destacó que, en el caso de la publicidad engañosa, las personas pueden acudir a la institución para abrir la queja o denuncia, según sea el caso, para que la institución cite al comercio quien tendrá la oportunidad de presentar sus descargos.
Herrera, destacó que, el 90% de las faltas a la publicidad es por temas de fecha vencida, imprecisa o sin fecha de duración. En lo que va del presente año, de 400 casos recibidos, solo 126 han tenido algún tipo de falta a la veracidad de la publicidad.
La publicidad debe cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos:
- Debe ser legible, que resalte y proporcional al tamaño del anuncio publicitario.
- Clara, exacta y veraz.
- No ser remitida a otra fuente y debe estar exenta de textos, diálogos, sonidos e imágenes que induzcan a error o confusión.
- La información debe ser congruente, entre lo anunciado y lo que efectivamente se ofrece.
- Indicar claramente las condiciones de las ofertas, o circunstancias análogas que se ofrecen.
- Todo anunciante está obligado a cumplir lo ofrecido, en los términos contenidos en el aviso publicitario.
En cuanto a las promociones u ofertas, las misma deben indicar: la fecha de inicio y finalización completa (día, mes y año) de la promoción o las unidades mínimas a ofertar; todas las condiciones y restricciones que aplican con la promoción; los productos nuevos tienen garantía, indistintamente que estén en oferta o descuento; anunciar el precio regular y el de oferta e indicar si la venta es total o parcial (mercancía seleccionada).