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Aprobado en tercer debate proyecto que crea autoridad para la atracción de inversiones

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley Nro. 543, que crea a la Autoridad para la Atracción de Inversiones y Promoción de Exportaciones (ProPanamá)
 

Esta iniciativa fue presentada por el titular de Comercio e Industrias, Ramón Martínez, con la finalidad de permitir al país atraer inversión extranjera y el impulso de la oferta exportable, a través de una estructura autónoma y con su propia infraestructura.
 

Con la norma propuesta se crearía esta Autoridad con personería jurídica, autónoma a derecho público con patrimonio propio, autonomía en su régimen interno e independencia en el ejercicio de sus funciones, sujeta a la política y orientación del Órgano Ejecutivo, con control del Ministerio de Comercio e Industrias y la fiscalización de la Contraloría General de la República.
 

La Autoridad ProPanamá estará constituida por un Administrador, un Subadministrador General, Comités Consultivos, Unidades Operativas y una Junta Directiva; mientras que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), será el encargado de efectuar las asignaciones presupuestarias extraordinarias y dotarla de los recursos necesarios para la efectiva implementación de esta ley.
 

También, se aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley Nro. 481, que incentiva la donación de equipos tecnológicos para fines educativos.
 

Esta iniciativa busca incentivar la donación de estos equipos tecnológicos a los estudiantes que carecen de los mismos. Empresas privadas, ONG, asociaciones y ciudadanos podrán donar equipos tecnológicos nuevos o en buen estado a estos estudiantes. Los donantes deberán entregar el equipo tecnológico a la Autoridad de Innovación Gubernamental (AIG), quienes evaluarán el estado del mismo.
 

La AIG confirmará que el equipo electrónico sea funcional, de buena calidad y los entregará al MEDUCA para que sean cedidos a los estudiantes. Los equipos donados pueden ser utilizados para la educación a distancia y presencial; los donantes podrán deducir de impuestos las donaciones.

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