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APTO O NO APTO PARA SER ABOGADO, AHÍ ESTÁ EL DILEMA

Por: Alfonso Fraguela

El examen de aptitudes que hoy pone en práctica la Honorable Corte Suprema de Justicia, a través del Instituto Superior de la Judicatura de Panamá, Dr. César Augusto Quintero Correa, representa un paso hacia adelante en la formación de los Abogados en la República de Panamá.

La ley 350, de octubre de 2022, reemplazó a ley 9 de 1984, que regulaba el ejercicio de la profesión de abogados en Panamá. La nueva disposición da paso al cumplimiento de un examen de conocimientos generales, y ética para quien deseen ejercer la abogacía en nuestro país.

Permitiendo que este instituto se constituya en “una institución educativa encargada de la formación continua, especializada e integral de los servidores judiciales, los aspirantes a ingresar a la Carrera Judicial, la comunidad jurídica y demás participantes del Sistema de Administración de Justicia; comprometidos con el desarrollo humano sostenible, educación inclusiva, diversidad cultural, ética profesional y transparencia, para generar una cultura de excelencia en el desempeño de sus funciones, prestando un servicio de calidad, a través del fortalecimiento de competencias, investigación e innovación tecnológica”. Tal cual lo expresa el Órgano Judicial en su sitio Web.

Durante la vigencia de la ley 9 de 1984 reformada por la Ley 75 de 2015, Ley 23 de 1997 y Ley 8 de 1993, se establecía dentro de sus requisitos indispensables ser egresado de Universidades que dictaran el pénsum académico aprobado por las escuelas o facultades de derecho en Panamá, y con la expedición del Diploma que certificaba el final de los estudios se efectuaba la solicitud ante la Sala Cuarta de Negocios Generales, instancia responsable de la expedición del Certificado de Idoneidad.

Con el paso del tiempo, los requisitos se mantuvieron estáticos, sin embargo, ante la proliferación de Universidades Privadas y la flexibilidad tomada de la mano con el relajamiento en los controles y supervisión correspondiente, dieron como resultado una gran cantidad de egresados con lagunas intelectuales profundas que degradaban el prestigio celosamente protegido con años en nuestra sociedad.

Todos estos factores fueron considerados para dar vida a una nueva ley de la abogacía, que obliga a quien aspire a ejercer el derecho a realizarlo de una manera responsable y profesional.

Luego de la aprobación de la nueva ley, se realizó el primer examen de conocimientos, arrojando un resultado aterrador, y penoso, por lo que diversos gremios de juristas no pudieron esconder su asombro y la vergüenza ajena por los resultados hechos públicos.

Es vital recordar, que esta noble profesión debe ir acompañada de principios, valores, y conocimientos que serán el pilar inquebrantable de esta disciplina.

La función social que ejercemos quienes decidimos cumplir los apostolados de ser garantes del Estado de Derecho, nos conmina a estudiar para defender a quienes depositan su libertad, sus problemas legales, sus derechos, y hasta sus patrimonios, en personas calificadas para hacerlo.

En otras palabras, como podríamos defender los derechos de los demás si no sabemos como hacerlo, porque lo desconocemos.

Por tal razón me permito citar al Maestro Eduardo J. Couture en el primer mandamiento del Abogado “estudia, el derecho se transforma constantemente. Si no seguimos sus pasos seremos cada día un poco menos Abogado”.

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