Por seis meses más, el Presidente de la República, Laurentizo Cortizo, extendió el control de precios de 14 productos alimenticios mediante el Decreto Ejecutivo No. 26 de 7 de enero de 2021. Este aplaza la vigencia del Decreto Ejecutivo N° 165 del 1 de julio de 2014, el cual establece en forma temporal, los precios de venta máximos y al por menor de 14 productos alimenticios en la República de Panamá.
De esta manera, se mantienen los precios de la babilla, bistec de cinta, carne molida de primera, pollo entero, arroz de primera, cebolla amarilla nacional e importada, ñame, papa nacional, tomate perita, yuca, leche en polvo, pan de molde blanco, queso amarillo americano procesado y salchichas que contengan carne de res.
La Comisión de Ajustes de Precios acordó recomendar al Órgano Ejecutivo la extensión parcial de forma temporal de la medida, para asegurar que una posible desregularización no genere un incremento no justificado en productos considerados de mayor sensibilidad.
Cabe señalar que a través de una consulta no vinculante a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), esta entidad respondió de manera positiva con respecto de prorrogar la vigencia de los efectos del Decreto Ejecutivo No. 165 de 2014.
Hasta el 31 de diciembre de 2020, por incumplimiento del control de precios de los 14 productos de primera necesidad, la ACODECO aplicó 405 sanciones por $598,697.50.
Los consumidores pueden denunciar aquellos agentes económicos, que incumplan con los precios máximos de venta de los productos regulados a través de la Línea de Atención Ciudadana 311 las 24 horas. Las denuncias son anónimas, pero deben describir las faltas, el nombre y ubicación exacta del establecimiento comercial.