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MEF sigue sin cancelar contrato de concesión a empresa en proceso de quiebra

Hace varias semanas una comunicación formal enviada al Secretario Ejecutivo de la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos (UABR), Jorge Antonio Díaz Guerra lo alertaba de una situación que compromete los intereses del Estado panameño y afecta la correcta administración de los bienes revertidos. La nota, firmada por el empresario danés Neils Sundael, representante legal de Vikingo Joint Venture, Inc. y Vikingo Overseas, Inc., solicitó la cancelación inmediata del contrato de concesión N° 481-02 otorgado a Las Brisas de Amador, S.A. (LBA). Hasta ahora el mencionado funcionario ni ha respondido la nota, ni ha procedido a la cancelación de la concesión tal como lo establece claramente el contrato. Paradójicamente la concesión se mantiene activa aunque la empresa ha sido declarada en liquidación judicial lo que constituye una de las causales que provoca la terminación del contrato de concesión.

Un contrato que debió ser cancelado hace años

El mencionado documento reconstruye la historia del contrato desde su origen. La antigua Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) otorgó a LBA el arrendamiento de la parcela 21 y el área de restaurantes de la finca 158,012 en Isla Perico, para el desarrollo de actividades comerciales. Con la desaparición de la ARI, la administración del contrato pasó a la UABR, entidad adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Sin embargo, según Sundael, la UABR ha mantenido el contrato vigente a pesar de que se configuraron causales de terminación desde hace más de una década.

Deudas millonarias y un arbitraje contundente

Durante la ejecución del contrato, LBA contrajo deudas con las empresas representadas por Sundael. Estas obligaciones fueron reconocidas mediante un Laudo Arbitral emitido el 8 de mayo de 2014, que fijó el monto adeudado en B/. 3,240,486.11. El impago llevó a las empresas afectadas a solicitar un proceso judicial de concurso de acreedores por liquidación.

La quiebra: causal automática de terminación

El proceso judicial avanzó y el 14 de agosto de 2025, el Juzgado Primero de Circuito de lo Civil declaró el estado formal de liquidación judicial de LBA mediante el Auto N° 2254/68168-24. Sundael subraya que la cláusula 47 del contrato es explícita: la quiebra, concurso de acreedores o suspensión de pagos de la arrendataria-inversionista constituye causal de resolución administrativa. Incluso el inicio del proceso judicial, sin necesidad de declaratoria formal, ya activaba la terminación del contrato.

Por tanto, sostiene que la UABR debió cancelar la concesión desde el momento en que LBA entró en concurso de acreedores, y que mantenerla vigente tras la declaratoria de liquidación es jurídicamente insostenible.

Advertencia al MEF: proteger los intereses del Estado es su obligación

La nota remitida por el empresario danés concluye con una solicitud directa: que la UABR proceda a cancelar la concesión mediante resolución administrativa, conforme a la ley y al contrato. Sundael aportó copia del contrato y de la resolución judicial como evidencias. El silencio, la indiferencia y la inacción del Secretario Ejecutivo de la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos (UABR), Jorge Antonio Díaz Guerra constituye a todas luces un incumplimiento de su deber como funcionario que debe velar por los intereses del Estado, su inexplicable proceder, favorece en cambio los intereses de la sociedad Las Brisas de Amador (LBA), y lo convierte en cómplice de la evasión de la justicia y la impunidad.

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