El Servicio Nacional de Migración (SNM) inició una investigación en el caso de los 11 extranjeros aprehendidos durante las protestas registradas en la capital panameña la noche del miércoles, 30 de octubre de 2019.
La entidad recalcó que el Decreto Ley 3 del 22 de febrero de 2008, como estamento de seguridad del Estado, se puede deportar a los extranjeros que atenten contra la seguridad pública, defensa nacional y salubridad pública; situación que aplica a los foraneos aprehendidos durante la manifestación contra las reformas constitucionales.
Antes de ordenar la deportación el SNM debe comprobar la existencia de los hechos, escuchar la defensa del extranjero, respetar los derechos humanos, decretar la detención y notificar personalmente la resolución que ordena la detención.
El extranjero que haya sido deportado no podrá ingresar al país en un lapso de cinco a diez años, contado a partir de la fecha de ejecución de su deportación.