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Niegan amparo de garantías a Margarita Milas

En un fallo unánime el Pleno de la Corte Suprema de Justicia confirmó la resolución del veinticuatro de octubre de 2024, proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, por medio de la cual, No se concede, la acción de Amparo de Garantías Constitucionales presentada por la ciudadana, Margarita Milas Theokisteu contra la juez de garantías del Primer Circuito Judicial de Panamá, Teodolinda Cardoze.

El recurso de apelación había sido presentado dentro de la acción de amparo de garantías constitucionales interpuesta por la licenciada Marcela Araúz Quintero, quien actuó en nombre y representación de Margarita Milas Theokisteu, contra el acto de audiencia celebrado el día 25 de junio de 2024, por la juez de garantías del Primer Circuito Judicial de Panamá.

El caso guarda relación con un conflicto que se inició en 2019, luego que los contadores del Grupo Ameglio, empresa compradora, detectaran alteraciones de la contabilidad y los estados financieros de la sociedad tenedora de las acciones de la empresa Distribuidora Petrohielo, correspondiente a los años 2017 y 2018, justamente en las fechas posteriores al inicio de las negociaciones para la adquisición de las mencionadas empresas por parte de Hielo Ameglio.

Dentro de las irregularidades encontradas estaba la pretensión de la ex gerente de Petrohielo, Margarita Milas Theokisteu de que se le reconociera el cobro de una póliza de vida que según su versión había pagado durante el tiempo que fungió como gerente de la empresa, sin embargo, la propia aseguradora, Assa compañía de seguros, certificó que el cobro de la póliza en cuestión le correspondía a la empresa contratante en este caso Distribuidora Petrohielo S.A., Pero Margarita Milas apeló la decisión en varias instancias, sin embargo, la justicia ha coincidido en que sus pretensiones son infundadas.

Milas y sus socios están siendo investigados actualmente por el Ministerio Público por la alteración de los estados financieros de las empresas que vendieron al Grupo Ameglio.

En un pleno de la Corte Suprema de Justicia, realizado el pasado 15 de enero de 2025, y que lleva la firma de los magistrados; Olmedo Arrocha Osorio, Cecilio Cedalise Riquelme, María Cristina Chen Stanziola, Miriam Cheng Rosas, Maribel Cornejo Batista, Ariadne Maribel García Angulo, María Eugenia López Arias, Ángela Russo de Cedeño y Carlos Alberto Vásquez Reyes, se le negó el amparo de garantías constitucionales presentado por la demandante, Margarita, Milas Theokisteu.

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