La República de Panamá, a través del Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad Pública, eliminó el uso de la tarjeta de turismo para ingresar al país a los ciudadanos de la República de Cuba y la República Dominicana, mediante la adopción del Decreto Ejecutivo Nº88, de 16 de marzo de 2021.
De acuerdo con este Decreto Ejecutivo, los extranjeros de nacionalidad cubana o dominicana que quieran ingresar a territorio panameño deberán solicitar ante el Consulado de Panamá en sus respectivos países, personalmente o mediante apoderado legal, en la sede del Servicio Nacional de Migración ubicada en la Avenida Ricardo J. Alfaro, la expedición de la visa de turista, en atención a los procedimientos y requisitos establecidos en el Decreto Ley N.º 3, de 22 de febrero de 2008.
Esta norma fue adoptada con el propósito de homologar los procedimientos migratorios establecidos en el Decreto Ley N.º 3 de 2008, reglamentado por el Decreto Ejecutivo N.º 320, de 8 de agosto de 2008, el Decreto Ejecutivo 509, de 14 de septiembre de 2015; y el Decreto Ejecutivo 611, de 11 de octubre de 2018, luego de un análisis entre las instancias de seguridad pública y el Servicio Nacional de Migración, en relación con la solicitud de tarjetas de Turismo, por parte de ciudadanos cubanos y dominicanos, para ingresar a Panamá.
El Decreto Ejecutivo N.º 88 deroga los Decretos Ejecutivos 613, de 22 de octubre de 2018; el 122, de 15 de marzo de 2019; y el 250, de 24 de junio de 2019, mediante los cuales se habían establecido requisitos, procedimientos e instrumentos legales, con carácter especial, para el ingreso a territorio panameño de ciudadanos de Cuba y República Dominicana.