Solo tres personas (migrantes transitorios) que llegaron a Panamá han invocado la solicitud en calidad de refugio, informó Dinoska Montalvo, ministra de Gobierno.
Añadió que estas a su vez, han pedido a los Organismos Internacionales que les faciliten hacer los trámites o dirigirse como primer lugar a un país distinto como Canadá, para que les permitan su condición de ser refugiados.
Indicó que a través de la Oficina Nacional para la Atención de Refugiados (ONPAR), del ministerio de Gobierno, se ha buscado traductores en su lengua de origen para que puedan dar a conocer cuál es el sentir de ellos y se busque una alternativa distinta a la repatriación de su país.
Es importante mencionar que la ONPAR, mantiene dentro de su mandato, la protección y atención integral de las personas refugiadas y solicitantes de la condición de refugiado en Panamá en coordinación con otras entidades gubernamentales, organismos nacionales e internacionales y la sociedad civil, para fortalecer la atención, integración y soluciones duraderas para los que buscan protección.
La jefa del Mingob, precisó que solo se está recibiendo a migrantes en tránsito debido a la condición que estaban en Estados Unidos porque habían sido expulsados, y debido a esto se busca que a su llegada a Panamá, sean retornados a su país de origen, salvo aquellos que no lo puedan hacer por temor.
De acuerdo a la ONPAR el procedimiento de reconocimiento del estatuto de refugiado está regulado por el Decreto Ejecutivo No. 5 de 16 de enero de 2018, tramitado por esa Oficina y luego la decisión final debe ser tomada por la Comisión Nacional de Protección para Refugiados (CONARE), presidida por Juan Francisco Borrell, viceministro de Gobierno.
La jefa del Mingob precisó que a pesar de que los recursos son limitados, se ha podido atender a estas personas (migrantes transitorios), garantizándoles sus derechos para que sean respetados, porque sabemos que hay una movilización mundial, tal es el caso en nuestro país, donde se ha tratado de hacer lo mejor.
Cabe destacar que entre los requisitos que se debe tener para solicitar refugio es el haber ingresado al territorio panameño y presentar la solicitud dentro de los primeros seis meses, proporcionar información veraz sobre los motivos de la solicitud, no haber cometido crímenes en la humanidad, guerra o terrorismo y facilitar los documentos de identidad o pruebas que sustenten su caso, incluyendo datos biométricos.
Según cifras que da a conocer la ONPAR, hasta diciembre de 2024, Panamá ha reconocido a 2,661 personas con estatus de refugiado.
El Gobierno de Panamá reafirma su compromiso con la protección de los refugiados y el respeto a los derechos humanos, asegurando un proceso justo y transparente.
Se insta a la sociedad panameña a promover una cultura de solidaridad y respeto hacia las personas en situación de refugio.