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Rechazan recurso de apelación a Las Brisas de Amador

Juzgado Cuarto De Circuito De Insolvencia Del Primer Circuito Judicial De Panamá a cargo de la juez Tatiana Ovalle rechazó un nuevo recurso de apelación que había presentado recientemente la sociedad Las Brisas de Amador,  dentro del proceso concursal de liquidación forzosa instaurado por Vikingo Joint Ventures INC., y Vikingo Overseas, INC. en contra de la mencionada sociedad.

En la parte resolutiva del dictamen la juez Ovalle señala; “NO se admite el recurso de apelación interpuesto por el Lcdo. Giovani Castillo, apoderado de la demandada, Las Brisas de Amador, S.A. , en contra del Auto No. 1091 de fecha 18 de noviembre de 2025, dictado dentro de la solicitud de advertencia de nulidad insubsanable dentro del proceso Concursal de Liquidación Forzosa en contra de Las Brisas de Amador, S.A” 

Puntualiza la letrada que resulta pertinente señalar que el auto que rechaza de plano una advertencia de nulidad insubsanable no es susceptible de ser impugnado mediante apelación, ya que no resuelve el fondo de la nulidad ni impide la continuación del proceso principal, aunado a que tampoco existe una norma específica, ni genérica que establezca que el mismo es recurrible. El veredicto de la juez Ovalle es claro y contundente al rechazar las pretensiones dilatorias de la sociedad Las Brisas de Amador que tratan de zafarse del proceso de quiebra en el que se encuentran tras años de incumplimientos y engaños que han afectado a un grupo de inversionistas europeos.

Las velocidades de la justicia

Mientras la juez Tatiana Ovalle quien preside el Juzgado Cuarto De Circuito De Insolvencia Del Primer Circuito Judicial De Panamá actúa apegada a los tiempos que dictan los procedimientos judiciales a contrario sensu su colega Guimara Aparicio Ortega, hoy magistrada del Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial actúa de forma zigzagueante, la flamante funcionaria recibió el pasado 25 de noviembre en su despacho un amparo de garantías constitucionales, nada más recibir el recurso presentado por la parte acusada, la Sociedad Las Brisas de Amador, ordenó su admisión y requirió el envío de un informe acerca de los hechos en un plazo extremadamente perentorio de dos horas (2) una decisión inusitada que le daba un nuevo aire al rosario de acciones dilatorias de dicha sociedad.

Tras esa sorprendente dictamen paradójicamente la funcionaria bajó la velocidad y encarpetó el caso, actitud que por ahora favorece las tácticas dilatoria de Las Brisas de Amador para seguir prolongando un proceso que lleva más de una década en los tribunales. Una máxima del derecho sostiene que la justicia debe ser equitativa y expedita y para que eso se cumpla a quienes les corresponde dirimir los procesos deben actuar en consecuencia, sin embargo como en este caso cuando el juzgador promueve con sus actos las malas prácticas que aumentan la mora judicial no está cumpliendo con sus obligaciones, en cambio se convierte en cómplice de las tretas dilatorias que opacan y aumentan la percepción ciudadana de que la justicia en Panamá es una justicia a la carta. Un dilema que no debería soslayar la nueva magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, adecentar la administración de justicia mediante la auditoría a los jueces o asumir una actitud de silencio e inacción que equivaldría a complicidad por omisión.

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