InicioNacionalLas Brisas de Amador entre recursos, ensayos y dilaciones

Las Brisas de Amador entre recursos, ensayos y dilaciones

En Panamá y otros países de la región la Asamblea de Diputados cuenta con un mecanismo conocido como “Aprobación por Insistencia” que le permite a este órgano del Estado aprobar una ley aunque esta haya sido vetada u objetada por el Poder Ejecutivo, sin embargo en la administración de justicia, no existe ni se practica esa norma, lo que si existe son las apelaciones mediante recursos legales, permitiendo a las partes impugnar un veredicto y solicitar una reconsideración a su favor.


En el presente caso, la parte acusada y condenada ha usado y abusado de estos mecanismos, lo ha hecho mediante una estratagema para evadir sus responsabilidades económicas y legales, al tratar de alargar indefinidamente un proceso que permanece estancado tras más de diez años de litigio en los tribunales de justicia panameños.

El pasado 29 de mayo de 2026 el abogado Giovani Castillo Sánchez, apoderado judicial de la sociedad Las Brisas de Amador (LBA), presentó nuevamente un amparo de garantías constitucionales con el que pretende impugnar el fallo dictado el 25 de noviembre del 2025 por el Juzgado Cuarto de Circuito de Insolvencia del Primer Distrito Judicial a cargo de la juez Tatiana Ovalle, quien en esa ocasión rechazó de plano una advertencia de nulidad insubsanable, recurso que le presentó el propio Giovani Castillo Sánchez.


El 29 de mayo de 2026 mediante una decisión unánime los magistrados; Manuel José Calvo, Carlos Pizarro y Janeth Torres, no admitieron la acción de amparo de garantías constitucionales que presentó el abogado de LBA contra la decisión de la juez Tatiana Ovalle, quien rechazó de plano el recurso presentado argumentando categóricamente en su dictamen.

“Resultan infundados e improcedentes los fundamentos alegados por la parte demandada sobre la advertencia de nulidad, toda vez que pretende reabrir un debate ya resuelto en audiencia. En consecuencia, este Tribunal no advierte razón jurídica que amerite la nulidad de alguna actuación, por lo que se debe rechazar de plano, en virtud del artículo 708 del código judicial”.

La sentencia de los magistrados Calvo, Pizarro y Torres confirma la decisión del Juzgado Cuarto de Circuito de Insolvencia del Primer Distrito Judicial a cargo de la juez Tatiana Ovalle al no admitir el recurso interpuesto por LBA al tiempo que ordenaron el archivo del expediente y al demandante Giovani Javier Castillo, retirar la acción presentada y las presuntas pruebas que le acompañan.

Pero el abogado Castillo Sánchez al parecer hizo uso del método copiar y pegar, ese mismo día presentó nuevamente un amparo de garantías constitucionales idéntico al que No le fue admitido por los magistrados del Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial.

Lo insólito en la pretensión del abogado de LBA es intentar que los jueces contradigan el veredicto que en forma unánime expidieron el pasado 26 de mayo y que incluso ordenaron su archivo.

La otra pretensión que se compagina con su sistemática práctica de prolongar este proceso, se trataría de un intento por ensayar la introducción en la administración de justicia del mecanismo de “aprobación por insistencia” que en la legislación panameña le está reservada únicamente a la Asamblea de Diputados. Le corresponderá a la magistrada Janeth Torres actuar como ponente al momento de considerar la viabilidad o no de este nuevo intento por dilatar la acción de la justicia.

Recientemente Guimara Aparicio Ortega, magistrada del Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, fue denunciada ante la Unidad Especial de Investigación de Integridad y Transparencia del Órgano Judicial por los presuntos delitos de abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, la denuncia se basa en recurrentes actuaciones irregulares de Aparicio Ortega a lo largo de este Proceso.

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