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Migración no cobra multas por estadías vencidas entre 14 de marzo y 7 de junio 2020

El Servicio Nacional de Migración, deja claro que todo extranjero, cuya estadía haya vencido entre 14 de marzo y el 7 de junio de 2020, no es aplicable para multas, tal cual se establece en las Resoluciones emitidas por esta Institución.

Además, se adiciona un periodo de gracia, de 3 meses, para que todo extranjero pueda poner al día su documentación, desde el momento en que el estamento de seguridad abrió su atención al público, el pasado 8 de junio, es decir hasta el 8 de septiembre de 2020.

Sin embargo, a quienes se le haya vencido su documentación, ANTES DEL 13 DE MARZO 2020, y no haya presentado la documentación correspondiente, tiene la obligación de pagar la multa que aplique para estos casos.

Para garantizar que todos los trámites de renovación de documentos de cada extranjero puedan cumplirse en los periodos estipulados, se mantiene procedimientos de atención al público diario, reforzado con procesos tecnológicos y facilidades con atención de los trámites, correspondientes a cada caso.

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