Las quejas de los consumidores contra proveedores de vehículos de motor nuevo o usado, tales como automóvil, lancha o bote, moto acuática, talleres de reparación y venta de repuestos, registran 2,583 casos por una cuantía de $18,468,152,03, desde 2018 hasta mayo del presente año, según informes de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).
En igual período, se han resueltos 1,322 quejas a favor de diferentes consumidores por una cuantía total de $9,055,632.03. La mayoría de las quejas que se presentan son por incumplimiento de garantía, vicios ocultos y falta de información.
Cabe señalar que, la garantía mínima para autos nuevos es un año o 30 mil kilómetros. Para los autos usados, la garantía mínima son seis meses o 15 mil kilómetros.
La Unidad de Vehículos a Motor, fue creada después de la promulgación de la Ley 14 de 20 de febrero de 2018, que modificó la Ley 45 de 31 de octubre de 2007. En esta unidad de la Acodeco son atendidas las reclamaciones por temas de garantía, falta de información o no veraz, vicio oculto e incumplimiento en la entrega del vehículo o de partes, piezas o accesorios, o quejas en general ante cualquier violación de la Ley 45, hasta la suma de 30 mil balboas. Igualmente. Se tramitan quejas sobre incumplimiento de servicios realizados a los vehículos de motor.
Los casos que superan dicho monto, son sometidos al proceso de conciliación, donde se busca un entendimiento entre el consumidor y el agente económico, ya que la Acodeco no puede decidir sobre el reclamo.
Para presentar una queja formal, por irregularidades en un vehículo a motor, el consumidor debe presentar el formulario de quejas o, en su defecto, un escrito de queja, con las pruebas que sustenten los hechos. Sin embargo, se solicita que se presente el documento que certifique la propiedad del vehículo a motor (Registro Único de Propiedad Vehicular o, en su defecto, el documento público que expida la autoridad competente, cuando se trate de vehículos que requieran tal registro, de acuerdo a la ley), la factura de compra o cualquier otro documento que acredite la relación de consumo.
Es importante, que los compradores de cualquier vehículo a motor documenten la transacción (facturas, recibos, comprobantes de transferencias bancarias); investiguen, previamente, el proveedor que ofrece esta clase de bienes (reputación en el mercado, experiencia de otras personas, etc.); realicen una prueba de manejo del vehículo a motor, siempre y cuando se pueda realizar; indagar las características del bien ofrecido, en base a la información que proporciona el proveedor; revisar el contenido de los contratos y las condiciones de compra que ofrece el proveedor, tales como garantías, talleres autorizados, periodicidad de los mantenimientos, etc.; no realizar compras impulsivas o basadas en información parcial o superficial de los vehículos a motor, o dejarse seducir por la publicidad, y si desea comprar un auto de segunda, debe verificar antes si cuenta con el respando de piezas en el mercado.